Derecho Administrativo

Ayudas y prestaciones económicas

Se trata de un subsidio de 430 euros mensuales que recibirán aquellas personas sin ingresos que estén paradas y hayan agotado la prestación desde el estado de alarma y hasta el 30 de septiembre del 2023.

Aquellos en situación de vulnerabilidad económica pueden acceder a esta ayuda que es incompatible con la anterior mencionada.

Para determinar la situación de vulnerabilidad económica se toma en consideración la capacidad económica de la persona solicitante individual o de la unidad de convivencia, computando los recursos de todos sus miembros. Este requisito se cumple cuando el promedio mensual de ingresos y rentas anuales computables del ejercicio anterior sea inferior al menos en 10 euros a la cuantía mensual garantizada por el ingreso mínimo vital que corresponda según la modalidad y el número de miembros de la unidad de convivencia.

 La Renta Activa de Inserción (RAI) es una ayuda extraordinaria para colectivos con dificultades para integrarse en el mercado laboral: parados de larga duración, mayores de 45 años, discapacitados, víctimas de violencia de género o doméstica, emigrantes retornados, etc.

Los emigrantes o víctimas no tienen que cumplir los requisitos de haber agotado la prestación o subsidio, mientras que los mayores de 45 años sí que tienen que cumplir ese requisito indispensable.

Las personas mayores de 52 años sin ingresos por haber agotado las prestaciones, también pueden acceder al denominado ‘subsidio para mayores de 52 años’ que tiene una duración hasta que el beneficiario alcance la edad ordinaria que se le exija para tener derecho a la pensión de jubilación.